Es obligación del empresario dar de alta al trabajador antes de que se inicie la prestación laboral. Por tanto, si se comienza a trabajar y el empresario no cumple con esta obligación, la mejor solución es formular denuncia a la Inspección de Trabajo.
Hay que tener en cuenta que el empresario nunca va a poder conocer si la inspección actúa a instancia del trabajador o por propia iniciativa, porque la ley prohíbe facilitar esta información y el funcionario que quebrantara tal prohibición incurriría en graves responsabilidades penales y se arriesgaría a la perdida de la condición de funcionario.
Hay que especificar claramente el horario durante el cual se trabaja y qué días de la semana, así como en su caso, la dependencia exacta dentro del centro de trabajo en la que los servicios se prestan. También es importante, en ciertas ocasiones, señalar los rasgos físicos. El especificar todas estas cosas facilita en gran medida la tarea de la inspección.