El Consejo de Ministros trata este viernes día 20 de Diciembre la anunciada reforma de la Ley 3/2010 de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Una posible reforma penal de la que poco conocemos excepto lo que se ha ido publicando los medios de comunicación y que viene a decir que de la actual ley de plazos, se volvería hacia un sistema de supuestos, como el vigente de 1985 a 2010, cuando abortar en España era delito salvo en casos de violación, riesgo para la salud física o psíquica de la mujer o malformación fetal.
En resumen, la previsible reforma de la ley del aborto supone cambiar lo de las 14 semanas, obligar al permiso materno y paterno de las jóvenes de 16 y 17 años y limitar la despenalización al riesgo de salud para la mujer.
Poca información, ostracismo y falta de aportación del anteproyecto de reforma penal de ley del aborto a otros partidos políticos.
Una ley que desde su existencia, con mayor o menor endurecimiento, criminaliza y penaliza a las mujeres que deciden practicar un aborto; y que se está gestando desde el Ministerio de Justicia. No es casual que una cuestión de salud esté siendo reformada y liderada por Justicia, con una connotación represiva y punitiva en su legislación penal.
Según Europa Press, también quieren influir mediante la reforma legislativa en la regulación de la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, la información que reciben las mujeres cuando solicitan el aborto --un diputado de UPN ha pedido que se les mostrase una ecografía-- o la perspectiva de género en la enseñanza sanitaria y afectivo sexual.
La maternidad y el aborto es una cuestión de salud biopsicosocial, es un derecho de opción sobre la salud reproductiva y del propio cuerpo de las mujeres, en el que ni Estado ni Iglesia han de intervenir. Cada mujer puede decidir interrumpir el embarazo por circunstancias muy diversas y nadie está legitimado para hacer un proceso moral sobre ello. Desde el punto de vista legal, debería desaparecer del Código Penal y desde el sanitario se debería regular la objeción de conciencia para que se garantice que en todos los hospitales públicos exista personal sanitario para atender las demandas de las mujeres
La interpretación restrictiva de lo que parece será la reforma de la ley del aborto supondría volver a una situación de aborto clandestino y de enormes desigualdades donde muy pocas podrían hacerlo aquí, algunas podrían hacerlo fuera y otras pondrían en riesgo su vida recurriendo a métodos clandestinos.
Es una ofensiva ideológica y política contra los derechos de las mujeres en general, y las trabajadoras en particular ya que las desigualdades generadas implicarán que según la clase social de la que se provenga, la decisión de abortar estará determinada por la capacidad económica de la mujer y su entorno.
Las mujeres tenemos la plena capacidad ética para decidir sobre todos los aspectos de nuestra vida, particularmente sobre aquellos tan íntimos como la sexualidad y la maternidad como una posibilidad.
Por todo ello CNT Córdoba quiere mostrar su rechazo a la reforma de Ley 3/2010 de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo y reivindica la libertad sexual y reproductiva de las mujeres y hombres, así como explicitar su oposición a cualquier reforma legal que suponga una restricción de los derechos de las mujeres trabajadoras, que son las que tienen más problemas y limitaciones a la hora de conseguir ajustar su vida laboral y reproductiva.