Declaran nulas por vulneración de derechos las modificaciones a una compañera que reclamó sus derechos en Supermercados Piedra

El Juzgado de los Social nº 3 de Córdoba, ha establecido la nulidad de la modificación sustancial de las condiciones laborales de una trabajadora de Supermercados Piedra, delegada de la sección sindical de CNT, por vulneración de sus derechos fundamentales.

La compañera comunicó en septiembre su afiliación a CNT e interpuso varias reclamaciones contra la empresa, reclamando contra el exceso de jornada, ni remunerada ni cotizaba, que Supermercado Piedra le obligaba a realizar. La compañera tenía una horario semanalmente alterno de mañana o tarde por 7 horas al día, seis días a la semana, por un total de 42 horas/semana, sin embargo venía cobrando y cotizando por 24 horas, en una práctica que no es aislada en esta empresa.

Inmediatamente después de comunicar la afilación y reclamar contra la empresa, la empresa le indicó que no acudiera a trabajar, cobrando su salario sin poder ir a trabajar, indicándole la empresa que el motivo es la compensación horaria.

Tras un mes en esta situación, se le comunica que se reincorpore en el horario de 24 horas/semana que indicaba su contrato, 4 horas diarias, pero dos horas por la mañana y dos por la tarde , un horario que nunca se había practicado en esa tienda.

La compañera , con el apoyo del sindicato que puso en marcha una campaña de denuncia pública de la explotación en Piedra, reclamó contra esta modificación, entendiendo que era una represalia contra su afiliación sindical y sus reclamaciones, exigiendo volver a us horario habitual a tiempo completo pero cobrando y cotizando por él.

Ahora el JS 3 de Córdoba, ha determinado la nulidad de las modificaciones de la empresa, por entender que como denunciábamos se trata de una vulneración de derechos fundamentales, dando la razón a la trabajadora y al sindicato, y estableciendo que la compañera debía volver a su condiciones de trabajo previas, estableciendo que estas eran una jornada de 40 horas semanales.

Hay que recordar que ya hace dos años, el TSJA sentenció contra Supermrcados Piedra, estableciendo el despido nulo del delegado sindical de CNT en la empresa y obligando a su readmisión.

Con esta sentencia, la compañera consigue acabar con la práctica de trabajar 42 horas y cobrar por 24.

 

Esperamos que lo conseguido por la compañera sirva para que más trabajadores y trabajadoras de Piedra, entiendan que las condiciones de trabajo en Piedra se pueden cambiar, y que esto sólo se podŕa hacer desde la movilización y una estrategia juŕidica y sindical clara y efectiva.

 

Esperamos igualmente que ,los hermanos Piedra Trujillo, propietarios de la cadena se supermercados, entienda que se acabó la impunidad en la empresa, que deben respetar los derechos de los trabajadores, y que CNT no va a cesar hasta que lo hagan.

 

La siguiente batalla es conseguir la readmisión del delegado de la sección sindical, que ya debió ser una vez readmitido, y que fue de nuevo despedido tras la huelga general del 14N de 2012. El juzgado de los social 4 de Córdoba ha establecido este despido como improcedente en contra de las acusaciones de la empresa para intentar sustentar un despido disciplinario, esta sentencia se ha recurrido , reclamando la nulidad de la misma, que ya el TSJA estableció en el anterior despido.

 

Varias compañeras están reclamando igualmente los salarios dejados de percibir al cobrar solo 24 de las 42 horas semanales que trabajaban.

 

Coincidiendo con esta última sentencia, se ha comunicado a la empresa la reconstitución de la sección sindical de CNT en la empresa, y la elección de una nueva compañera como delegada sindical de CNT.

 

El próximo jueves 30 continúa la campaña en la calle con repartos y piquetes informativos en distintas tiendas de la cadena.